Caso Dina

Los investigadores del ‘caso Dina’ creen que Iglesias también pudo cometer un delito de fraude procesal

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Los investigadores del caso Dina sopesan que Pablo Iglesias pudo haber cometido un nuevo delito, el de fraude procesal, tipificado en el artículo 457 del Código Penal. Incurre en él quien «emplea medios engañosos o artificiosos dirigidos a provocar en el juzgador un error de hecho que haya de originar o pueda originar una resolución errónea y por tanto injusta».

Miembros del equipo jurídico del vicepresidente del Gobierno advirtieron de que no había caso en el cada vez más dudoso robo del teléfono de la ex asesora de Podemos Dina Bousselham. Pese a ello, el líder de Podemos montó una estrategia político-judicial presentándose como víctima de unas supuestas ‘cloacas del Estado’ en el caso Villarejo con dos objetivos: destruir al director de OKDIARIO, Eduardo Inda, y frenar la sangría de votos en las elecciones generales de abril de 2019.

Podemos conocía desde el año 2016 que el contenido del móvil de la ex asesora de Iglesias, que publicó en exclusiva OKDIARIO, no fue producto de un robo, sino de «una filtración». Así se lo transmitió José Manuel Calvente, por entonces responsable de los Servicios Jurídicos de Podemos, al resto de letrados de la formación morada a través de un mensaje en el chat de Telegram.

El letrado advirtió en 2016 de que el móvil de Dina Bousselham no fue robado. «Si os fijáis, son pantallazos mientras otros escriben. Lo cual descarta un móvil robado», aseguraba Calvente a sus compañeros letrados en los chats revelados por El Mundo. Por tanto, como reconoció el propio abogado, «no hay caso, no hay robo; se trata de una filtración». Nada de ‘cloacas policiales’, ni operación del Ministerio del Interior contra Iglesias.

Esta falsa acusación ha sido desmontada por el juez instructor del caso Dina, que ha demostrado que fue el propio Pablo Iglesias quien tuvo en su poder durante al menos seis meses la tarjeta SD con fotos íntimas de la ex asesora. Por este motivo, el juez decidió retirarle a Iglesias la personación en calidad de perjudicado en esta pieza separada del caso Villarejo.

Este nuevo delito de fraude procesal se sumaría a otros dos mencionados por la Fiscalía Anticorrupción y el magistrado García-Castellón: revelación y descubrimiento de secretos del art. 197.1 y 2 del Código Penal y daños informáticos del art. 264 del mismo texto legal.

Iglesias guardó, sin conocimiento de su propietaria, la micro SD de su ex asesora con material personal e íntimo de la misma. Además, se la entregó meses después a Bousselham destrozada y parcialmente quemada.

Un nuevo delito

El delito de fraude procesal existe cuando en una causa cualquiera de las partes «emplea medios engañosos o artificiosos dirigidos a provocar en el juzgador un error de hecho que haya de originar o pueda originar una resolución errónea y por tanto injusta».

Este delito está recogido en el artículo 457 del Código Penal, según el cual «el que, ante alguno de los funcionarios señalados en el artículo anterior, simulare ser responsable o víctima de una infracción penal o denunciare una inexistente, provocando actuaciones procesales, será castigado con la multa de seis a 12 meses».

Los mensajes que intercambiaron los abogados de Podemos a través de su chat de Telegram han dejado al descubierto no sólo la connivencia de Podemos con los fiscales del caso Villarejo, sino toda una estrategia para destruir a OKDIARIO tras la publicación de parte del contenido del móvil de Dina Bousselham.

Investigación al fiscal Stampa

A la vista de la cascada de revelaciones del chat del equipo jurídico de Podemos, del que Pablo Iglesias debía estar al tanto, la Fiscalía General del Estado ha decidido abrir una investigación al fiscal anticorrupción Ignacio Stampa por su vinculación personal con la abogada de Podemos Marta Flor Núñez.

El contenido de los mensajes internos de los abogados podemitas revelan que éstos se coordinaron con los fiscales Ignacio Stampa y Miguel Serrano para preparar un escrito de prejudicialidad que suspendiera el proceso abierto en el Tribunal Supremo sobre la cuenta en el paraíso fiscal de las Islas Granadinas en la que el líder de Podemos recibió 272.325 dólares de la narcodictadura de Nicolás Maduro.

Iglesias demandó a OKDIARIO por publicar el pago de la dictadura venezolana de 272.325 dólares en una cuenta a nombre del líder de Podemos en el paraíso fiscal. En abril de 2017 llegó el primero de los varapalos judiciales para el dirigente podemita, quien perdió la demanda contra OKDIARIO y contra su director, Eduardo Inda. El Juzgado de Primera Instancia número 84 de Madrid dio la razón a Inda al asegurar que la información publicada en OKDIARIO era «veraz, contrastada y de interés general».

Los posteriores recursos presentados por el líder de Podemos fueron, de nuevo, tumbados por las distintas instancias judiciales. El último intento de Pablo Iglesias de desacreditar la información sobre su cuenta offshore fue presentar un recurso de casación ante la Sala Civil del Tribunal Supremo. Esto sucedió a mediados de 2018.

La única vía que tenían Podemos y Pablo Iglesias para conseguir una victoria judicial que se le había negado hasta el momento era vincular a Inda y OKDIARIO con el ex comisario José Manuel Villarejo y el llamado caso Tándem, en el que Podemos estaba personado como acusación popular. Si se demostraba la vinculación entre Inda y Villarejo, el escrito de prejudicialidad podía frenar un pronunciamiento desfavorable, y definitivo, del Supremo en el caso Granadinas.

Para ello, los abogados de Podemos asesorados por los fiscales anticorrupción pactaron solicitar la imputación de Eduardo Inda en el caso Dina. Un extremo que el juez rechazó de plano.

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